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sábado, 31 de agosto de 2024

"SARRIÓN, AÑO 1855: SUBASTA DE LOS BIENES DE PROPIOS DEL MUNICIPIO DE SARRIÓN"

GENTES, COSTUMBRES, TRADICIONES, FOLKLORES, HISTORIAS, PATRIMONIOS Y PAISAJES DE LA PROVINCIA DE TERUEL:

EN HOMENAJE A MI TIERRA Y A MI PAÍS....

(Sinopsis): RECORDAR TAMBIÉN ES VIVIR...

Por: JUAN E. PRADES BEL, autor del proyecto: “ESPIGOLANT CULTURA”: Taller de historia, memorias, crónicas, patrimonios y humanidades.

"SARRIÓN, AÑO 1855: SUBASTA POR LA DESAMORTIZACIÓN DE BIENES PÚBLICOS, DE TRES HORNOS, DOS POSADAS, UN BATÁN Y UN MOLINO DE LOS BIENES DE PROPIOS DEL MUNICIPIO DE SARRIÓN"

Escribe: JUAN EMILIO PRADES BEL. ("Las historias escritas que me acompañan, me ayudan a pensar, a imaginar, a vivir, y a experimentar un mundo de vidas muy diferentes a la mía". J.E.P.B.).

INTRODUCCIÓN: Se llamaban "propios", “bienes de propios”, “los bienes propios” o “los propios” a los bienes en propiedad de un municipio, que proporcionaban una renta en dinero para las arcas del ayuntamiento, por estar dichos bienes arrendados, y obteniendo con ellos ingresos económicos para el sustento de las arcas municipales. Los bienes de propios eran los molinos, batanes, hornos, posadas, fincas rústicas, prados, dehesas, montes, y terrenos de pastos.

- Venta de bienes nacionales.  

EXPOSICIÓN DOCUMENTAL: 

(Documento oficial 1º, fechado en el año 1855):  

AÑO 1855: Venta de Bienes Nacionales. Rectificación. Gaceta de Madrid: núm. 1061, de 30/11/1855, páginas 1 a 3. VENTA DE BIENES NACIONALES. FINCAS PARA CUYO REMATE SE SEÑALA DIA. TERUEL. Por providencia del Sr. Gobernador de la provincia, y en virtud de la ley de 1.° de Mayo último e instrucción de 31 del mismo, se sacan a pública subasta, en el día y hora que se dirá, las fincas siguientes:

- Subasta para el día 25 de diciembre de 1855, de doce a una de la tarde, ante el Juez de primera instancia Don Alberto Santías y escribano D. Blas Moreno, en las Casas consistoriales de esta corte.

PROPIOS (DE SARRIÓN).

- Núm. 636 del inventario.=Un horno de pan cocer, en la calle del Cabezo, del pueblo de Sarrión, correspondiente a sus propios: linde con cercado de Felipe Sanz y otro (cercado) de Juan Bronchad: consta de 2.141 pies cuadrados: está arrendado á Pascual Pérez en 600 rs. anuales; tasado en 4.150 rs., y capitalizado en 13.500 rs.. por qué sale a subasta.

- Núm. 635 del inventario.= Un horno de pan cocer en la calle de San Antonio, de dicho pueblo (de Sarrión) y procedencia (de sus propios): linda con casa de D. Francisco López al Norte, y con Esteban Sebastián y vía pública al Poniente: consta de 2.622 pies cuadrados: está arrendado a Antonio López en 460 rs. anuales; tasado en 3.780 rs., y capitalizado por la Contaduría en 10.350 rs., que servirán de tipo para la subasta.

Núm. 637 del inventario.= Otro horno de igual procedencia (de sus propios), situado en la calle del Molino, de dicho pueblo (de Sarrión): linda con casa de Agustín Alcodori y otra calle: tiene 1.742 pies cuadrados: está arrendado a Mariano Monteón (o Monleón), en 600 rs. anuales; ha sido tasado en 4.287 rs., y capitalizado en 13.500 rs., por que sale a subasta.

Núm. 631 del inventario.= Una posada nueva, en la carretera de Valencia, procedencia de dichos propios: linda con casa de Bernabé Casinos, camino de Mora y carretera: su cabida es 13.848 pies cuadrados, y está arrendada a Antonio Aparicio Bronchad, en 7.450 rs. anuales: ha sido tasada por los peritos en 121.490 rs., y capitalizada por la Contaduría en 167.625 rs., que servirán de tipo para la subasta.

- Núm. 632 del inventario.= Otra posada llamada de la Cadena, de igual procedencia: tiene 8,850 pies cuadrados de superficie: linda al Norte, con carretera de Valencia y calle del Concejo, y al Poniente, con casa de Juan Aparicio: está arrendada en 2.000 rs. anuales, a Juan Pedro Miguel; su vencimiento en 31 de diciembre; ha sido tasada en 40.000 rs., y capitalizada en 45.000 rs., por que sale a subasta.

- Núm. 634 del inventario.= Un batan de curtir paños, silo en la partida del Orcajo (La Escaleruela), término del Sarrión: confronta con el rio Alventosa y molino harinero: consta de 1.128 pies cuadrados, con un huerto contiguo de dos cuartos y medio de jornal, con un cerezo, 2 parras y 2 álamos blancos, está arrendado en 800 rs. anuales a Vicente Isarte; tasado en 5.287 rs., y capitalizado por la Contaduría en 18.000 rs., que servirán de tipo para la subasta.

Núm. 633 del inventario.= Un molino de harina en la partida del Orcajo  de dicho pueblo (término del Sarrión) y procedencia (de sus propios): confronta con el rio de Alventosa al Mediodía (en La Escaleruela), y batan al Norte: tiene 3.438 pies superficiales, con tres piedras de agua viva y un huerto de cuarto y medio de tierra contiguo al mismo: está arrendado a Juan Mendogori en 5.620 reales; ha sido capitalizado por la Contaduría en 126.450 reales, y tasado por los peritos en 158.821 rs. que servirán de tipo para la subasta.

ADDENDA, ADICIONES Y COMPLEMENTOS SOBRE LAS TEMÁTICAS Y MOTIVOS REFERIDOS EN EL ARTÍCULO. (POR JUAN EMILIO PRADES):

BIBLIOGRAFIA, WEBGRAFÍA Y FUENTES DOCUMENTALES:

ARCHIVO FOTO-IMAGEN: 

Imágenes cedidas por J. E. Prades Bel.

jueves, 29 de agosto de 2024

"EL PORTAZGO DE LA JAQUESA, LA ANTIGUA VENTA DE LA JAQUESA Y LA PARTIDA RURAL DE LA JAQUESA, ALBENTOSA".

GENTES, COSTUMBRES, TRADICIONES, FOLKLORES, HISTORIAS, PATRIMONIOS Y PAISAJES DE LA PROVINCIA DE TERUEL:

EN HOMENAJE A MI TIERRA Y A MI PAÍS....

(Sinopsis): RECORDAR TAMBIÉN ES VIVIR...

Por: JUAN E. PRADES BEL, autor del proyecto: “ESPIGOLANT CULTURA”: Taller de historia, memorias, crónicas, patrimonios y humanidades.

"NOTICIAS HISTÓRICAS DEL CASERÍO DE LA JAQUESA, ADUANA-PORTAZGO DE 1859, MASÍAS Y DOS VENTAS-HOSTAL EN LA PARTIDA RURAL DE LA JAQUESA DEL TÉRMINO MUNICIPAL DE ALBENTOSA".

Escribe: JUAN EMILIO PRADES BEL. ("Las historias escritas que me acompañan, me ayudan a pensar, a imaginar, a vivir, y a experimentar un mundo de vidas muy diferentes a la mía". J.E.P.B.).

INTRODUCCIÓN: La Venta de la Jaquesa es un antiguo caserío despoblado, se encuentra en la partida rural de La Jaquesa en el término municipal de Albentosa, en la comarca de Gúdar-Javalambre de la provincia de Teruel.

EXPOSICIÓN DOCUMENTAL:

(Documento oficial 1º, fechado en el año 1360):

AÑO 1360: El 18 de febrero de 1360 se menciona La Jaquesa como Jaccensis en un texto en latín sobre impuestos que se tenían que pagar por el ganado que salía de Aragón y entraba en el Reino de Valencia:

- "...et aliis animalibus descendentibus de regno Aragonum vel aliunde transitum facientibus per terminos castri del Poyo, sed etiam ab aliis omnibus ganatis et peccoribus et animalibus que transitum facient causa exivernandi vel intrantium in regno vel ad regnum Valencie, per terminos sive passus de Andilla, de Bexix, de Vistabella, de Barrachiis, Jaccensis, et alios terminos et passus quoscumque per quos possunt aut solitum est dicta ganata Aragonum vel aliunde ad dictum regnum Valentie dicta de vel alia per transire...".

(Documento oficial 2º, fechado en el año 1857): 

PORTAZGO DE LA JAQUESA. AÑO 1857. Obras públicas.- Real Orden disponiendo que entre Selas y el Barranco de Barruezo, se establezcan seis portazgos. Gaceta de Madrid :núm. 1627, de 19/06/1857, página 1. Departamento: Ministerio de Fomento.

MINISTERIO DE FOMENTO. OBRAS PÚBLICAS. Ilustrísimo. Sr.: Enterada S. M. la Reina (Q. D. G.) del expediente instruido para el establecimiento de portazgos en las carreteras, general de Madrid á Teruel y transversal de Zaragoza a Valencia en la parte de la misma que es común con la anterior, y en vista de lo propuesto por el Jefe del distrito de Zaragoza y por esa Dirección general; S. M. se ha servido resolver que entre Selas y el Barranco del Barruezo, cuya parte de camino está en buen estado de tránsito, se establezcan seis portazgos, el primero en Molina, con arancel de cuatro leguas; el segundo en Pedregal, con igual arancel; el tercero en Monreal, con arancel de cinco leguas y media; el cuarto en Torremocha, con arancel de tres leguas; el quinto en Teruel, con arancel de cuatro leguas, y el sexto en la Jaquesa, con arancel también de cuatro leguas. Al propio tiempo ha tenido a bien mandar S. M. que el portazgo de Monreal sea común a las dos líneas mencionadas, colocándose dos barreras y montándose la administración de la manera más conveniente según sus especiales circunstancias: que el arancel arbitrario que hoy existe vigente en el de la Puebla de Valverde, en la carretera de Zaragoza a Valencia, sea sustituido con otro de tres leguas y media.

- Y, por último, que por V. I. se provea lo necesario para plantear provisionalmente los referidos portazgos, ínterin se lleva a efecto la construcción de los edificios donde sean indispensables, y que se fije por esa Dirección general el día en que debe darse principio a la recaudación de derechos; cuidando de publicarlo en la forma conveniente con la posible anticipación.

- De Real orden lo digo a V. I. para su inteligencia y efectos correspondientes. Dios guarde á V. I. muchos años. Madrid, 6 de junio de 1857.= Moyano .= Sr. Director general de Obras públicas.

(Documento oficial 3º, fechado en el año 1857): 

PORTAZGO DE LA JAQUESA. AÑO 1857: Dirección general de Obras públicas.- Se dispone en ínterin que se construyan los edificios en los puntos aprobados en la Real Orden de 6 de Junio último.

Gaceta de Madrid: núm. 1766, de 05/11/1857, página 1. Departamento: Ministerio de Fomento. PARTE OFICIAL. TERCERA SECCION. OFICINAS GENERALES. DIRECCION GENERAL DE OBRAS PÚBLICAS. Autorizada esta Dirección general por Real orden de 6 de Junio último, para proceder al establecimiento de varios portazgos en la carretera general de Madrid a Teruel y transversal de Zaragoza a Valencia, he dispuesto que, ínterin se construyen los edificios en los puntos aprobados, se plantee provisionalmente la recaudación de derechos en los términos propuestos por V. S. en su oficio de 17 del actual, desde el día 10 de Diciembre próximo, rigiendo en el de Molina un arancel de cuatro leguas, otro igual a este en el de Pedregal, otro de cinco leguas y media en el de Monreal; en el de Torremocha otro de tres leguas; en el de Teruel otro de cuatro leguas, y otro también de cuatro leguas el de la Jaquesa, con todas las leyes, Reales órdenes, instrucciones y demás disposiciones generales vigentes en los demás establecimientos de esta clase.

- Conforme á lo dispuesto en la propia Real orden de 6 de junio, en el mismo día será sustituido el arancel arbitrario que hoy existe en el portazgo de la Puebla de Valverde, carretera de Zaragoza a Valencia, con otro de tres leguas y media. Para que empiece á verificarse la exacción de derechos en el día y hora designado, se remiten a V. S. separadamente con esta misma fecha los aranceles y demás documentos necesarios, con los títulos de los comisionados nombrados para hacerse cargo del servicio de los nuevos establecimientos.

- Lo digo á V. S. para su inteligencia y efectos consiguientes, acompañando copia de la Real orden de 6 de junio citada. Dios guarde á V. S. muchos años. Madrid, 31 de octubre de 1857.= Ramón de Echevarría.= Sr. Ingeniero Jefe del distrito de Cuenca.

(Documento oficial 4º, fechado en el año 1859): 

PORTAZGO DE LA JAQUESA. AÑO 1859: Dirección general de Obras públicas.- Subastas de arriendo de portazgos. Gaceta de Madrid: núm. 74, de 15/03/1859, página 1. Departamento: Ministerio de Fomento.

ANUNCIOS OFICÍALES. DIRECCION GENERAL DE OBRAS PUBLICAS. En virtud de lo dispuesto por resolución superior de fecha 2 del corriente, esta Dirección general ha señalado el día 27 de Abril próximo, a las doce de su mañana, para la adjudicación en pública subasta del arriendo del portazgo de la Jaquesa, situado en la carretera de Madrid a Teruel, por tiempo de dos años y cantidad de 16.000 reales vellón en cada uno en que se ha hecho proposición.

- La subasta se celebrará en los términos prevenidos por la instrucción de 18 de Marzo de 1852, en esta corte ante la Dirección general de Obras públicas, situada en el local que ocupa el Ministerio de Fomento, y en Teruel ante el Sr. Gobernador de la provincia, hallándose en ambos puntos de manifiesto, para conocimiento del público, el arancel, pliego de condiciones generales, la instrucción de 22 de Febrero de 1849, las leyes de 29 de Junio de 1821 y 9 de Julio de 1842, y la Real orden de 1.° de Abril de 1854, aclaratoria del Real decreto de 17 de Enero del propio año (1854) sobre exención de granos, cuya observancia, así como la de cualesquiera otras disposiciones generales o locales que puedan existir, es obligatoria con arreglo a lo prescrito en el arancel y en la condición 15 del citado pliego.

- Las proposiciones se presentarán en pliegos cerrados, arreglándose exactamente al adjunto modelo, y la cantidad que ha de consignarse previamente como garantía para tomar parte en esta subasta será la de 4.200 reales; debiendo acompañarse a cada pliego el documento que acredite haber realizado el depósito del modo que previene la referida instrucción.

- En el caso de que resultasen dos o más proposiciones iguales, se celebrará, únicamente entre sus autores, una segunda licitación abierta en los términos prescritos por la citada instrucción. La menor mejora admisible para las proposiciones que se hagan en los pliegos cerrados será la del medio diezmo; y la primera de las que se hicieren para la licitación abierta, si tuviere lugar, será también del medio diezmo por lo menos, pudiendo ser las sucesivas á voluntad de los licitadores, no bajando de 100 rs. vn. cada una.

- Madrid 10 de Marzo de 1859.= El Director general de Obras públicas, José Francisco de Uría.

Modelo de proposición. D. N. N., vecino de enterado del anuncio publicado con fecha 10 de Marzo de 1859, y de las condiciones y requisitos que se exigen para la adjudicación en pública subasta del arriendo por dos años del portazgo de la Jaquesa, se compromete a tomar a su cargo dicho arriendo, con estricta sujeción a los expresados requisitos y condiciones. (Aquí la proposición que se haga; admitiendo o mejorando lisa y llanamente el tipo fijado.) (Fecha y firma del proponente).

(Documento oficial 5º, fechado en el año 1861): 

AÑO 1861: Real Orden declarando innecesaria la autorización solicitada por el Juez de primera instancia de Mora para procesar a D. Pedro Martínez y D. Evaristo Lacor, Administrador y mozo de barrera del portazgo de la Jaquesa. Gaceta de Madrid: núm. 141, de 21/05/1861, página 1. Departamento: Ministerio de la Gobernación. Subsecretaría.= Negociado 3.°.= Excmo. Sr.: Remitido a informe de la Sección de Estado y Gracia y Justicia del Consejo de Estado el expediente de autorización negada por el Gobernador de la provincia de Teruel al Juez de primera instancia de Mora para procesar a D. Pedro Martínez y á Evaristo Lacort, Administrador y mozo de barrera del portazgo de la Jaquesa, ha consultado lo siguiente:

- “Esta Sección ha examinado el expediente en virtud del cual el Gobernador de la provincia de Teruel ha negado al Juez de primera instancia de Mora la autorización que solicitó para procesar a D. Pedro Martínez y á Evaristo Lacort, Administrador y mozo de barrera del portazgo de la Jaquesa:

- Resulta: Que el cargo formulado contra estos empleados consiste en haber exigido más derechos que los marcados en el arancel a los transeúntes, según la declaración de varios de estos: Que el Juez de primera instancia pidió la autorización de que se trata, entendiendo con el Promotor fiscal que es llegado el caso de aplicar el art. 238 del Código penal, y el Gobernador la denegó fundándose con el Consejo provincial en que, á tenor de lo que previenen las disposiciones vigentes, corresponde únicamente conocer de los hechos denunciados a la Dirección general de Obras públicas:

- Que tratándose de hacer constar la calidad de empleados que pudieran tener los presuntos reos, se ha unido al testimonio de los autos una certificación en que se dice que en una causa instruida en el mismo Juzgado de Mora aparece que el portazgo de Jaquesa estaba arrendado bajo las condiciones propias de esta clase de contratos, y que el Administrador y dependientes de quienes se trata fueron empleados por el arrendatario y no por el Gobierno.

- Visto el art. 4.° de la ley de 2 de abril de 1845, según el que corresponde al Jefe político, hoy Gobernador, conceder o negar con arreglo a las leyes o instrucciones la autorización competente para procesar a los empleados y corporaciones dependientes de su autoridad por hechos relativos al ejercicio de sus funciones:

- Visto el art. 331 del Código penal, a tenor del que, para los efectos del tít. 8.° del mismo que trata de los delitos de los empleados públicos en el ejercicio de sus cargos, se reputa empleado todo el que desempeña un cargo público, aunque no sea de Real nombramiento ni reciba sueldo del Estado:

Considerando:

- 1.° Que las razones que ha tenido el Gobernador de la provincia de Teruel para negar la autorización pueden servir de fundamento en todo caso para provocar competencia si entiende que la materia, objeto del procedimiento judicial, es propia de la Administración por sí misma, o como cuestión previa;

- 2.° Que, sin entrar en el fondo de la cuestión, se observa ante todo que, a tenor de las disposiciones citadas, el Administrador y dependientes del portazgo de la Jaquesa no pueden ser reputados empleados públicos para los efectos de la autorización de que se trata porque no dependen directamente de la Autoridad del Gobernador, ni desempeñan un cargo público, sino del particular interés del arrendatario del portazgo, si bien sujetándose a lo prevenido en las disposiciones vigentes para el cumplimiento del contrato celebrado por dicho arrendatario con la Administración;

- La Sección opina que debe declararse innecesaria la autorización solicitada por el Juez de primera instancia de Mora, sin perjuicio de que el Gobernador de la provincia de Teruel requiera de inhibición al Juzgado, promoviendo competencia, si así lo estimase procedente.»

- Y habiéndose dignado S. M. la Reina (Q. D. G.) resolver de conformidad con lo consultado por la referida Sección, de Real orden lo comunico á V. E. para su inteligencia y efectos consiguientes. Dios guarde á V. E . muchos años. Madrid 14 de mayo de 1861.

(Documento oficial 6º, fechado en el año 1866): 

PORTAZGO DE LA JAQUESA. AÑO 1866: Gaceta de Madrid: núm. 342, de 08/12/1866, páginas 1 a 2. Departamento: Ministerio de Fomento. “Ministerio de Fomento, relación de las disposiciones acordadas por este ministerio en el mes de noviembre último, relativas al personal del mismo y sus dependencias, incluyéndose las de los ramos de portazgos y universidades pertenecientes al mes de octubre que dejaron de incluirse en la Gaceta del 9 de noviembre último”.

OBRAS PÚBLICAS. Portazgos.

27 de octubre de 1866. Administrador del Portazgo de La Jaquesa á D. Tomás María Puig.

29 de octubre de 1866. Mozo de barrera interventor del Portazgo de La Jaquesa a D. Camilo Antón Arribas.

20 de noviembre de 1866. Administrador en comisión del Portazgo de Carrión á D. Joaquín Gil Lucena.

(Documento oficial 6º, fechado en el año 1861): 

PORTAZGO DE LA JAQUESA. AÑO 1861: LINEAS DE TELEGRAFOS. La Correspondencia de España. 10/2/1861, n.º 882. PRIMERA EDICIÓN. Por real orden, se ha mandado proceder desde luego al anuncio de la subasta, para la construcción de las líneas telegráficas de Zaragoza por Alcañiz a Vinaroz, de Alcañiz por Mequinenza á Lérida, y de Teruel a Murviedro (Sagunto); advirtiendo que el importe de los gastos de habilitación y compra de utensilios para las estaciones que han de comprender estas líneas se pondrá a disposición de la dirección general, con el objeto de que este servicio se haga oportunamente por administración y no por contrata.

- La Dirección general de telégrafos ha señalado el día 1.º de marzo próximo, a la una de la tarde, para verificar en el local del Ministerio de la Gobernación, y en los gobiernos de las provincias de Zaragoza, Lérida y Teruel, la subasta de la construcción de las líneas electro-telegráficas del Bajo Aragón. La dirección que deben seguir estas líneas será:

- Primera: Desde Zaragoza por el Burgo, Fuentes, Azaida (actual Azaila), Híjar, Alcañiz, Foz-Calanda, Más de las Matas, Zurita, Forcal (actual Forcall), Morella, Nuestra Señora de Vallibana, Lajana (actual La Jana) y Vinaroz.

- Segunda: Desde Alcañiz por Caspe, Mequinenza, Fraga hasta Lérida.

- Tercera: Desde Teruel por Sarrión, Albentosa, La Jaquesa, Barracas, Jérica, Segorbe, Torres-Torres, Belifaivo (actual Benifairó) y Murviedro (actual Sagunto).

- Real Orden aprobando el pliego de condiciones, planos y demás documentos para la construcción de las líneas telegráficas que se mencionan. Gaceta de Madrid: núm. 40, de 09/02/1861, página 1. Departamento: Ministerio de la Gobernación.

(Documento oficial 7º, fechado en el año 1861): 

AÑO 1861: LINEAS DE TELEGRAFOS. La Iberia (Madrid. 1854). 14/2/1861. NOTICIAS DIVERSAS. La Dirección general de telégrafos ha señalado el día 1.º de marzo próximo, a la una de la tarde, para verificar en el local del Ministerio de la Gobernación, y en los gobiernos de las provincias de Zaragoza, Lérida y Teruel, la subasta de la construcción de las líneas electro-telegráficas del Bajo Aragón. La dirección que deben seguir estas líneas será:

- Primera: Desde Zaragoza por el Burgo, Fuentes, Azaida (actual Azaila), Híjar, Alcañiz, Foz-Calanda, Más de las Matas, Zurita, Forcal (actual Forcall), Morella, Nuestra Señora de Vallibana, Lajana (La Jana) y Vinaroz.

- Segunda: Desde Alcañiz por Caspe, Mequinenza, Fraga hasta Lérida.

- Tercera: Desde Teruel por Sarrión, Albentosa, La Jaquesa, Barracas, Jérica, Segorbe, Torres-Torres, Belifaivo (actual Benifairo) y Murviedro (actual Sagunto).

- Real Orden aprobando el pliego de condiciones, planos y demás documentos para la construcción de las líneas telegráficas que se mencionan. Gaceta de Madrid: núm. 40, de 09/02/1861, página 1. Departamento: Ministerio de la Gobernación.

ADDENDA, ADICIONES Y COMPLEMENTOS SOBRE LAS TEMÁTICAS Y MOTIVOS REFERIDOS EN EL ARTÍCULO. (POR JUAN EMILIO PRADES):

BIBLIOGRAFIA, WEBGRAFÍA Y FUENTES DOCUMENTALES:

- Real Orden aprobando el pliego de condiciones, planos y demás documentos para la construcción de las líneas telegráficas que se mencionan. Gaceta de Madrid: núm. 40, de 09/02/1861, página 1. Departamento: Ministerio de la Gobernación.

- Casas Nagore, Carlos (2020): El camino real histórico entre Zaragoza y Valencia. historiasdecarreteras.com. Teruel, abril de 2020.

ARCHIVO FOTO-IMAGEN: 

Imágenes cedidas por J. E. Prades Bel.

Caserío de La Jaquesa


Caserío de La Jaquesa

 
Caserío Venta de La Jaquesa

Caserío Venta de La Jaquesa

domingo, 25 de agosto de 2024

"AÑO 1838: EL ASALTO AL FUERTE DEL CASTILLO DE VILLAMALEFA. EPISODIOS DE LA PRIMERA GUERRA CARLISTA".

GENTES, COSTUMBRES, TRADICIONES, FOLKLORE, HISTORIAS, PATRIMONIOS Y PAISAJES DE LA PROVINCIA DE CASTELLÓN:

EN HOMENAJE A MI TIERRA Y A MI PAÍS....

Por: JUAN E. PRADES BEL, autor del proyecto: “ESPIGOLANT CULTURA”: Taller de historia, memorias, crónicas, patrimonios y humanidades.

(Temáticas): EPISODIOS DE LA PRIMERA CARLISTA EN ARAGÓN, EBRO, CASTELLÓN, MAESTRAZGO Y VALENCIA.

"AÑO 1838, EPISODIOS DE LA PRIMERA GUERRA CARLISTA: CARTAS Y PARTES DE GUERRA, ASALTO CARLISTA AL FUERTE DEL CASTILLO DE VILLAMALEFA, VILLAHERMOSA Y LUCENA DEL CID".

Escribe: JUAN EMILIO PRADES BEL. ("Las historias escritas que me acompañan, me ayudan a pensar, a imaginar, a vivir, y a experimentar un mundo de vidas muy diferentes a la mía". J.E.P.B.).

INTRODUCCIÓN: La primera guerra carlista fue una guerra civil que se desarrolló en España entre 1833 y 1840 entre los carlistas, partidarios del infante Carlos María Isidro de Borbón y de un régimen absolutista, y los defensores de Isabel II y de la regente María Cristina de Borbón, cuyo gobierno fue originalmente absolutista moderado y acabó convirtiéndose en liberal para obtener el apoyo popular. Antiguamente fue conocida por la historiografía española como guerra de los Siete Años o primera guerra civil.

EXPOSICIÓN DOCUMENTAL: 

(Documento oficial 1º, fechado en el año 1838):

AÑO 1838: El Eco del comercio. 8/11/1838, n.º 1.652. LUCENA 27 de octubre.= Con sentimiento noticio a Vd. la ocurrencia del castillo de Villamalefa. Como por desgracia hay entre los liberales mezcla de carlistas, así es que, en dicho punto en la mañana del 25 del corriente (25 de octubre de 1838), hicieron venta de la principal fortaleza, que es el castillo viejo; pues 3 o 4 de los de la guardia, y otros tantos paisanos que subieron del pueblo, cerraron las puertas, y al salir el sol echaron dos tiros, señal acordada para la entrega. Inmediatamente salieron de una masada una porción de facciosos, los que se introdujeron en el pueblo; y el señor comandante don Manuel Renau con unos pocos que pudo reunir se colocó en Sta. Lucia, y de allí se defendió e hizo fuego a los facciosos, al efecto subieron unos cuantos nacionales a apoderarse del castillo, y no pudieron penetrar en él porque les arrojaban muchas piedras y balazos; bien se esforzaron los nacionales, pero se contentaron con romper la primera puerta, y tuvieron que regresar adonde estaba su comandante, el que al ver que no podían entrar en el castillo, punto en que estaban los víveres de guerra y boca, y el habérseles concluido las municiones, le fue preciso el abandonar dicha Sta. Lucia, y con mucho peligro rompieron y cruzaron el pueblo subiéndose al fuerte de la Torre-nueva, a donde llego el comandante con algunos heridos.

- A las cuatro de la tarde del 25 le fue preciso sucumbir al señor cura (don Manuel Renau) por no quedarle ya ningún cartucho, tener algunos heridos y nada que comer.

- Bien salió la guarnición de esta heroica villa (de Lucena) a proteger a los del fuerte del Castillo (de Villamalefa); pero no fue posible penetrar por la superioridad de fuerzas que aquellos tenían en un bosque, que es el punto por donde debía haber pasado.

- El día 26 se sabe que amarraron a los nacionales y oficiales de aquella guarnición, y se los llevaron así á Villahermosa, y de allí á Cantavieja, y al comandante cura del castillo lo bajaron a Alcora, en donde se encontraba Cabrera, todos creíamos hubiesen fusilado al referido cura; pero se sabe que en la mañana de hoy ha mandado Cabrera lo vuelvan al referido castillo.

- Los que se han podido escapar y han llegado a esta villa (de Lucena) son 26 nacionales (del Castillo de Villamalefa).

- Cabrera desde Alcora nos intimó la rendición anoche, y amenazaba que si no nos entregábamos reduciría a cenizas a esta fiel población (de Lucena).

- Este cabecilla (Cabrera) lleva un cañón de a 8, dos morteretes y cuatro violentos: se sabe que hoy se ha marchado de Alcora con dirección a Onda; no sabemos si de regreso vendrá aquí (a Lucena): todos creíamos que venía a sitiarnos, porque así lo manifestaba desde Alcora. Las fuerzas que lleva son de 4 a 5 batallones.

- Mal están los vecinos de esta heroica villa (de Lucena), pues todos se sostienen de la agricultura, y estando, como están, en el castillo, es imposible puedan trabajar los campos, y lo peor es que somos los que estamos más avanzados a la sierra, y si tenemos un sitio nos hará mucha falta el señor cura, porque este comunicaba a las autoridades nuestra situación; pero aquí nos sostendremos a todo trance, aunque se presenten todas las fuerzas del Pretendiente.

(Documento oficial 2º, fechado en el año 1838):

AÑO 1838: Copia núm. 1.° = Comandancia de armas de Lucena.= Las noticias uniformes de estos días y la carta de que acompaño á V. S. copia y a la que no le contesto, persuadió a esta guarnición y vecindario de que los enemigos perturbarían su sosiego, repitiendo sus tentativas contra un pueblo que con tanto odio miran, porque solo en él se respira patria e ISABEL; mas ayer mañana supe que de Alcora salieron camino de Onda, con muchos paisanos cargados de espuertas y azadones, sin duda para facilitarles la vía a su artillería. No obstante, este movimiento permanecemos sobre las armas y previniéndonos para la defensa, por si acaso fuese falso o quisiera súbitamente atacarnos. Con sentimiento digo a V. S que ayer mañana inmolaron en Villahermosa desde las ocho a las doce de ella 55 de los 63 que se llevaron atados del Castillo, teniendo en este á D. Manuel Renán con centinela de vista, al que volvieron del camino de Alcora a donde le conducían por orden de Cabrera.

- Dios guarde á V. S muchos años. Lucena 28 de octubre de 1838. = Francisco Sangüesa.= Sr. comandante general de la provincia de Castellón.= Acabo de saber que la facción está componiendo el camino de Villahermosa con dirección a esta villa.= Sangüesa.

(Documento oficial 3º, fechado en el año 1838): 

AÑO 1838: Copia núm. 2.º = Comandancia de Lucena.= Alcora 26 de octubre de 1838.—Sr. Don Francisco Sangüesa. = Muy Sr. mío: La situación en que me ha puesto la suerte de las armas, me proporciona la fácil conquista de ese pueblo, pues tengo lugar de bajar contra él las baterías y proyectiles necesarios para destruirle y reducirle a cenizas, y que voy a practicar desde luego, si se me opone la menor resistencia. Con la destrucción total de la división de Pardíñas ha quedado impotente el ejército que hubiera podido auxiliar a V.V.; y con la ocupación del Castillo con sus fuertes tengo a mi arbitrio la suerte de ese punto. En esta atención dejo a la de V. V. el salvar sus vidas y bienes, o el exterminio de uno y otro. Ahora todavía estoy dispuesto a escuchar-les, si de buena fe se presentan a someterse bajo el suave y feliz gobierno del rey N. S.; pero si desaprovechan este favorable momento, cerraré mis oídos a toda ulterior reclamación, y solo daré entrada a los impulsos de la justicia para castigar ejemplarmente, que probaría haber degenerado a la dureza de una impiedad incorregible. Juzgue V. esta invitación, y espero me conteste dentro un breve término por la dadora, si se quiere evitar los sensibles efectos de la negativa, pero que en atención a la crítica posición en que V.V. se hallan, confío no será, y en este caso se podrá contar de V. su verdadero amigo y seguro servidor Q. S. M. B.= Ramón Cabrera.= Es copia.= Leyva.

(Documento oficial 4º, fechado en el año 1838):

Diario mercantil de Valencia. 3/11/1838. CRÓNICA INTERIOR. VALIENTES NACIONALES, CIUDADANOS TODOS. La junta de represalias ha empezado ayer sus tareas: conforme yo con ella y con el clamor general del pueblo, aunque contra mi carácter, y lleno del más profundo dolor, me veo en el duro caso de fusilar a 55 individuos de los que existen en esta plaza, en justa represalia de igual número de compañeros nuestros y valientes defensores del Castillo de Villamalefa, que tan inhumanamente ha sacrificado el feroz Cabrera el 27 del próximo pasado, después de rendidos y puestos como era regular bajo la égida de la ley. Los manes de aquellos esforzados patriotas quedan hoy vengados, y el tigre español no satisfará en adelante su sed de sangre con nuestros hermanos impunemente.

- La lenidad con que hemos marchado hasta el presente, y el funestísimo sistema de contemplación ha desaparecido. Los enemigos del Trono y de la Libertad temblarán al saber que el Gobierno de S. M. ha recobrado toda su energía, alejando para siempre la benevolencia, con que ha querido verlos considerándolos como a españoles.

-  Si con sangre pretende el déspota subyugarnos, con sangre destruiremos sus intentos, y con sangre consolidaremos el Trono de ISABEL constitucional y la libertad. 

- Valencia 2 de noviembre de 1838.= Narciso López.

(Documento oficial 5º, fechado en el año 1838):

AÑO 1838: Diario mercantil de Valencia. 3/11/1838. CRÓNICA INTERIOR. Hoy han sido pasados por las armas en el llano del Remedio cincuenta y cinco prisioneros facciosos de los que existían en estas cárceles, en represalias de los cincuenta y cinco desgraciados del Castillo de Villamalefa, a quienes después de rendidos, mandó el tigre fusilar en Villahermosa, y entre ellos al comandante de armas del citado Castillo D. Manuel Renau.

Los nombres de los fusilados son los siguientes:

Tenencia de Rey.= Relación de los prisioneros facciosos que deben ser fusilados en este día, según orden del Excmo. Sr. general segundo cabo interino de estos reinos, con expresión de clases.

- Subteniente D. Pedro Lleira. Otro D. Eusebio Merino.

- Ex-fraile D. Félix Tolmo.

- Sargento primero Segundo Carmones.

- Cabo primero Bautista Hernández.

- Otro segundo José Dasí.

- Soldados: Cándido Moreno. José Bautista. Antonio Ferrando. Ramon Linares. Lorenzo Asensi. Segundo Checa. Gavino Pérez. José Antonio Bautista. José Cardo. Francisco Izquierdo. Lorenzo Gil. Ramon Pérez. Manuel San Miguel. Marcelino Cardo. José Cano. Hermenegildo Vicente. Juan Sola. Francisco Cuesta. Antonio Troncha. Sebastián Sancho. Plácido Marco. Vicente Gascó. Antonio Agulló. Vicente Gimeno. Juan Antonio García. Bernardo Martínez. Francisco Marques. Valentín Gallego. Juan Ortiz Seguí. Miguel Valle. Francisco Ortega. Pascual López. Esteban Ample. Facundo Arostey. José Urbes. Jaime Lleonart. Miguel Motiller. Matías Balgues. Juan de Burgos. Fernando Peña. Mariano Clemente. Alejandro Pérez. Pascual Palacios. Agustín García. Vicente Sánchez. Manuel García. Melchor Cumplido. Víctor Ramos. Mariano Marques.

- Valencia 2 de noviembre de 1838.= Miguel Dorda. 

ADDENDA, ADICIONES Y COMPLEMENTOS SOBRE LAS TEMÁTICAS Y MOTIVOS REFERIDOS EN EL ARTÍCULO. (POR JUAN EMILIO PRADES):

BIBLIOGRAFIA, WEBGRAFÍA Y FUENTES DOCUMENTALES:

ARCHIVO FOTO-IMAGEN: 

Imágenes cedidas por J. E. Prades Bel.

Castillo de Villamalefa

Lucena del Cid

Lucena del Cid

Castillo de Villamalefa

Castillo de Villamalefa

Castillo de Villamalefa

Castillo de Villamalefa

LUCENA DEL CID en 1845, por Dámaso Calbo y Rochina de Castro (año 1845) Historia de Cabrera y de la guerra civil en Aragón, Valencia y Murcia, Madrid: Imprenta de Benito Hortelano y Compañía, p. 427.


jueves, 22 de agosto de 2024

"DAROCA, AÑO 1873, EPISODIOS DE LA TERCERA GUERRA CARLISTA".

GENTES, COSTUMBRES, TRADICIONES, FOLKLORE, HISTORIAS, PATRIMONIOS Y PAISAJES DE LA PROVINCIAS DE TERUEL, ZARAGOZA Y GUADALAJARA:

EN HOMENAJE A MI TIERRA Y A MI PAÍS....

Por: JUAN E. PRADES BEL, autor del proyecto: “ESPIGOLANT CULTURA”: Taller de historia, memorias, crónicas, patrimonios y humanidades.

(Sinopsis): RECORDAR TAMBIÉN ES VIVIR...

"AÑO 1873, EPISODIOS DE LA TERCERA GUERRA CARLISTA: PARTE DE GUERRA REDACTADO POR EL COMANDANTE DE ARMAS DE DAROCA D. JOSÉ VIVER VIDAL, SOBRE EL ATAQUE A DICHA VILLA DE LAS FACCIONES CARLISTAS DE MARCO DE BELLO Y ANDRÉS MADRAZO".

Escribe: JUAN EMILIO PRADES BEL. ("Las historias escritas que me acompañan, me ayudan a pensar, a imaginar, a vivir, y a experimentar un mundo de vidas muy diferentes a la mía". J.E.P.B.).

INTRODUCCIÓN: La tercera guerra carlista fue una guerra civil que tuvo lugar en España de 1872 a 1876, entre los partidarios de Carlos, duque de Madrid, pretendiente carlista al trono, y los gobiernos de Amadeo I, de la I República y de Alfonso XII.

EXPOSICIÓN DOCUMENTAL: 

(Documento oficial 1º, fechado en el año 1873):

AÑO 1873: La Iberia (Madrid. 1868). 30/11/1873. NOTICIAS. ARAGÓN. Sobre el ataque y toma de Daroca, en el gobierno civil de Zaragoza se ha publicado el telegrama que sigue:

- «DAROCA, 25.— En el día de ayer recibí varios partes de los alcaldes de la comarca, en que se me decía que las partidas carlistas de Marco de Bello, de 1.600 infantes y 200 caballos, se aproximaba por la parte de Romanos (Zaragoza), y la de Madrazo, con 1.200 hombres, por Villafeliche (Zaragoza); al momento después que el teniente de ejército, alférez del tercio don Trifón Alarcía y Miguel, con 16 guardias y 23 voluntarios de la república, se apostaron en el puente de Puerta alta, y el que suscribe, con igual número, en la baja; diez individuos de caballería con nueve caballos del escuadrón y los dos ordenanzas con dos de mi propiedad y el referido teniente se colocaron en una posada, cuya puerta podía yo proteger.

- En efecto, a las once de la noche se rompió el fuego, que duró hasta el amanecer, en el que tuvo lugar el primer parlamento, el que no admití sus condiciones; presentado el segundo y el tercero, que me intimaba la rendición a discreción en el término de media hora, so pena de ser pasados todos por las armas, les contesté que la Guardia civil, el comandante del arma y voluntarios de la libertad se defenderían hasta quedarles un cartucho, y este seria para suicidarse ellos mismos.

- A las once de la mañana se rompió de nuevo el fuego, que duró hasta las cinco de la tarde, hora en que evacuaron la población, pero antes horadaron por diferentes partes por detrás del edificio donde se encontraba la caballería, sorprendiéndoles unos 50 carlistas, haciéndolos presos y dispuestos a fusilarlos, pero lo impidió la influencia de los dueños de la casa, llevándose nueve caballos y monturas del escuadrón como del alférez, y dos con ídem de propiedad del que suscribe, como también las armas y municiones de los 10 individuos de caballería y el de los dos ordenanzas: teniendo que significar á V. S. que, sin embargo de ese pequeño descalabro, ha sido admirable el arrojo y serenidad con que se han conducido, tanto el comandante militar y oficiales de la Milicia, como todas las clases é individuos en general que se hallaban a mis órdenes, haciéndome igual elogio de las que se hallaban a las del bizarro teniente alférez don Trifón Alarcia.

- Por nuestra parte sólo hay que lamentar algunas contusiones; de los contrarios tres muertos que he sabido, y bastantes heridos por haberlos visto caer.

- Todo lo que he apresurado convenientemente participar a V. S. para su debido conocimiento.

- Dios guarde á V. S. muchos años. Daroca, 25 de noviembre de 1873.— El comandante, José Viver Vidal.

ULTIMAS NOTICIAS.

- La facción Marco ha quemado la correspondencia oficial que era conducida por el correo a Teruel.

- La facción Marco dirijíase ayer tarde hacia Turniel y Anchuela (Anchuela del Pedregal).

(Documento oficial 1º, fechado en el año 1873):

AÑO 1873: Manifiesto del guerrillero carlista Andrés Madrazo, 20 de febrero de 1873.

-"A los habitantes de la Comandancia General de Guadalajara:

- Ejército Real.- Segunda comandancia general de Guadalajara. Arrancadas y destruidas por los secuaces del supersticioso e impío liberalismo todas las libertades que nos daban nuestros venerandos fueros; pisoteadas y escarnecidas nuestras gloriosas tradiciones, y despojada nuestra patria de las ricas posiciones que el genio de Colón les mostrara, y cien gigantes caudillos conquistaron con sus gloriosas espadas allende los mares; reducida España a la impotencia, siendo objeto de la burla de otros pueblos que siempre bajaron la frente ante su glorioso pabellón; entregada esta orgullosa matrona, atada de pies y de manos a sus enemigos de siempre por una gavilla de cínicos e infames especuladores, que, mercaderes impúdicos, han puesto sus hijos y sus riquezas en poder del mejor postor para conseguir una cantidad suficiente a satisfacer los apetitos de su loco orgullo, y siendo tan terribles los males que nos amenazan, hora es ya de que todos los que sientan latir en su pecho un corazón honrado y se crean capaces del rubor de la vergüenza abandonen sus casas, y armados como les sea posible acudan al punto de la cita para que, unidos todos, podamos dejar libre de tiranos y exento de leyes y costumbres extranjeras a esta patria querida, tan explotada y envilecida por esos traficantes sin conciencia y sin honra.

- Su empresa no tiene las dificultades que esos enemigos de España pregonan en su ciega ignorancia y negro rencor a la patria. ¿No somos hijos de aquellos que a principios del siglo dejaron sus hogares para salvar su independencia, de aquellos que se armaron de estevas y garrotes contra trescientos mil soldados franceses, a los que humillaron y vencieron? Y si nuestros padres todo lo abandonaron por su Dios, por su patria y por su rey, cuando sintieron el llamamiento patriótico del alcalde de Móstoles, ¿seríamos nosotros dignos de llamarnos sus hijos si no acudiéramos presurosos a nuestro puesto, llenos nuestros corazones de la fe santa con que pelearon nuestros antepasados, desde Iñigo, Arista, Sancho, Ramírez, hasta los que defendieron por siete años consecutivos la gloriosa bandera de la religión y de la legitimidad, hoy que nuestro legítimo y egregio monarca nos llama y España nos grita: Salid de vuestros hogares y limpiad mi suelo de esa turba de traidores que os aniquilan y entristecen, a la vez que os roban el pan de vuestros hijos? No. Impúdicos tiranuelos de lugar, polizontes vendidos a esta quisicosa que llaman monarquía constitucional o democrática, o republicana… de pega, señores salidos de la ley de desamortización, antes que, como los sapos, se hinchan en la inmunda laguna de la expropiación de los bienes de los pueblos y de la Iglesia, os aconsejan que no cumpláis con vuestro deber, pero si reparáis en sus títulos y antecedentes; si miráis de dónde salieron y a dónde van; si examináis sus honrados tráficos, tendréis bastante para persuadiros que esos hallados y decentes señores son el primer eslabón de la cadena de nuestra ignominia, la primera página del libro de nuestra vergüenza.

- Miradlos protegiendo a los trúhanes que fían el pan de sus hijos a un entrés o un elijan, o quizás a la confianza del banquero de monte; miradlos cómo los apadrinan para que atropellen a los hombres honrados, trabuco en mano, y al consabido grito de viva la libertad y la república.

- Esos son los mismos que os prestan el dinero al treinta por ciento, abusando de vuestra necesidad; esos son los mismos que en las elecciones han hecho miles de infamias fusil en ristre; esos son los mismos que, poniéndose siempre a disposición de conservadores y radicales, de moderados o unionistas, os insultaron siempre, os apalearon, os lamieron los pies para que les ayudarais a servir a sus amos, lo cual os valió el quedaros sin montes, sin dehesas, sin hornos y hasta sin fraguas. Hiciéronse ricos, comprando con cuatro cuartos y mil picardías todos los predios que constituían vuestra riqueza común, y lo hicieron gritando unas veces orden y otras anarquía, y así crecieron y medraron… que así crecen y medran los que reniegan de su Dios, pisotean su conciencia y escupen al rostro de su patria.

- ¡Viva la libertad! gritan los verdaderos hijos de España. ¡Abajo la república, última manifestación del extranjero yugo! ¡Fuera, fuera esos miserables caciques que en la ciudad o en la villa, en el pueblo o en la aldea, visten el hipócrita antifaz de buenos, cuando son perversos servidores de los enemigos de España!

- El día de la liquidación está cerca, y esos trúhanes tiemblan que se acerque el momento, porque se quitará el polvo de sus innumerables infamias y expiarán su delito.

- Ese día será España para los españoles honrados, sus presidios para los criminales, y habrá decencia, honra, libertad, justicia y progreso; pero será moneda de ley, no salida del cuño donde hasta el lenguaje se ha falsificado.

- Sólo los malos tiemblan ante el triunfo del partido español. ¿Sabéis por qué? Ellos saben que sólo el partido carlista es el llamado para hacer justicia, el único que puede hacerla, el único que la hará…

- Si el partido carlista no tuviera pruebas de lo que es, bastárale para ser querido de los hombres de bien el solo hecho de ser odiado de los tunantes.

- El triunfo es seguro: el más enemigo nuestro lo prevé por lo menos, y si no lo confiesa es porque le aterra, y le aterra porque sabe perfectamente que tanta inmundicia y tanto cieno serán barridos radicalmente en su día.

- ¡A las armas, pues, valientes hijos de esta noble patria!... Salgamos de este sopor que nos deshonra, corramos a arrancar los fusiles a esos serviles esclavos defensores de la deshonra de la patria, y con ellos recobraremos nuestra independencia, nuestros fueros y libertades, la libertad de nuestra sacrosanta religión y el engrandecimiento y prosperidad de nuestra riqueza.

- ¡Basta de palabras! ¡A los hechos! ¡Viva la libertad cristiana, la única verdadera! ¡Viva la religión católica, apostólica, romana! ¡Viva Carlos VII! ¡Vivan los fueros de Aragón y las franquicias de Castilla! ¡Abajo todo sistema extranjero!.

- Campo del honor, 20 de febrero de 1873. El segundo comandante general, teniente coronel Andrés Madrazo.

ADDENDA, ADICIONES Y COMPLEMENTOS SOBRE LAS TEMÁTICAS Y MOTIVOS REFERIDOS EN EL ARTÍCULO. (POR JUAN EMILIO PRADES):

BIBLIOGRAFIA, WEBGRAFÍA Y FUENTES DOCUMENTALES:

ARCHIVO FOTO-IMAGEN: 

Imágenes cedidas por J. E. Prades Bel.



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