GENTES, COSTUMBRES, TRADICIONES, FOLKLORE, HISTORIAS, PATRIMONIOS Y PAISAJES DE LA PROVINCIA DE TERUEL:
EN HOMENAJE A MI TIERRA....
Por: JUAN E. PRADES BEL, autor del proyecto: “ESPIGOLANT CULTURA”: Taller de historia, memorias, crónicas, patrimonios y humanidades.
(Sinopsis): RECORDAR TAMBIÉN ES VIVIR...
(Temática): DATOS PARA LA HISTORIA DE LOS PUEBLOS DE TERUEL Y ESPAÑA.
"REAL DECRETO DEL AÑO 1916, PARA REFORMA DE UNA NUEVA NOMENCLATURA MUNICIPAL PARA 25 PUEBLOS DE LA PROVINCIA DE TERUEL".
Escribe: JUAN EMILIO PRADES BEL. ("Las historias escritas que me acompañan, me ayudan a pensar, a imaginar, a vivir, y a experimentar un mundo de vidas muy diferentes a la mía". J.E.P.B.).
EXPOSICIÓN DOCUMENTAL:
(Documento oficial 1º, fechado en el año 1916):
Real
decreto aprobando la reforma propuesta por la Real Sociedad Geográfica,
cambiando la denominación a los 573 Ayuntamientos de España comprendidos en la
mismas, y disponiendo que en lo sucesivo se designen con los nombres con que
figuran en la relación que se publica.
Gaceta
de Madrid: núm. 184, de 02/07/1916, páginas 11 a 16. Departamento: Presidencia
del Consejo de Ministros.
PRESIDENCIA
DEL CONSEJO DE MINISTROS. EXPOSICION.
SEÑOR:
La Real Sociedad Geográfica ha realizado prolijo y meditado estudio para la
reforma de la Nomenclatura geográfica de España, por estimar de conveniencia y
verdadera utilidad el cambio de denominación de las entidades de población
cabezas de distrito municipal, á fin de que desaparezca la extraordinaria y
lamentable confusión originada por el hecho de existir, entre los 9.266 Ayuntamientos
que constituyen la Nación, más de 1.020 con idénticos nombres, y éstos sin
calificativo ni aditamento alguno que los distinga.
- Al
acometer dicha Real Sociedad labor tan importante y meritoria, háse atenido á
bases ó reglas generales que imprimiesen á la obra unidad de criterio, limitándola
en lo posible y procurando que afectara al menor número de localidades, dejando
intacto el nombre actual a las poblaciones de mayor categoría administrativa,
como las capitales de provincia, cabezas de partido judicial y las de mayor
número de habitantes, y variando los de aquellas entidades de población cuyo número
de vecinos es menor que el de sus homónimas, procurando que el calificativo que
se asigna no sea arbitrario, sino el que la tradición, el uso o los afectos de
cada localidad vienen consagrando, y teniendo también presentes los antecedentes
históricos, circunstancias especiales del terreno, etc., y con especial predilección
las palabras que expresan nombre de corriente de agua, de la montaña, del territorio,
de la particularidad geográfica, en fin, en cuyas cercanías o dentro del cual
se halle enclavado el Ayuntamiento o población cuyo nombre propone modificar,
habida cuenta del carácter de perpetuidad del accidente que califique y
distinga al pueblo de que se trate, á fin de que lleve consigo la casi inmutabilidad
de su nueva designación.
- En
los Ayuntamientos conocidos con dos nombres ha eliminado uno de ellos, y en los
que llevan las palabras junto a las ha sustituido por la partícula de.
- La
expresada Sociedad Geográfica ha consultado y obtenido favorable informe respecto
a la indicada reforma de las Direcciones Generales de Correos y Telégrafos, del
Instituto Geográfico y Estadístico, de los Registros Civil, de la Propiedad y
del Notariado, de los Depósitos de la Guerra é Hidrográfico y de las Diputaciones
Provinciales respectivas.
- En
atención a lo expuesto, el Ministro que suscribe tiene el honor de elevar a la sanción
de V. M. el adjunto proyecto de Real decreto.
Madrid,
27 de Junio de 1916, SEÑOR: A. L. E. P. de V. M., CONDE DE ROMANONES.
- REAL
DECRETO. De conformidad con el Presidente de Mi Consejo de Ministros; de
acuerdo con el mismo Consejo y con el parecer de la Comisión permanente del
Consejo de Estado;
-
Vengo en aprobar la reforma propuesta por la Real Sociedad Geográfica,
cambiando de denominación a los 573 Ayuntamientos de España en aquélla
comprendidos, los cuales, en lo sucesivo, se designarán con los nombres que
especifica la siguiente relación, que se insertará en la Gaceta de Madrid,
Boletines Oficiales de las provincias y publicaciones oficiales de los
Departamentos ministeriales.
-
Dado en Palacio á veintisiete de Junio de mil novecientos dieciséis.= ALFONSO.=
El Presidente del Consejo de Ministros, Álvaro Figueroa.
PROVINCIA
DE TERUEL.
- Aguilar,
partido de Teruel, se llamará Aguilar del Alfambra.
- Arcos,
partido de Mora de Rubielos, se llamará Arcos de las Salinas.
- Belmonte,
partido de Alcañiz, se llamará Belmonte de Mezquín.
- Camarena,
partido de Teruel, se llamará Camarena de la Sierra.
- Cañizar,
partido de Montalbán, se llamará Cañizar del Olivar.
- Cascante,
partido de Teruel, se llamará Cascante del Río.
- Caudé
ó Caudete, partido de Teruel, se llamará Caudé.
- Dos
Torres, partido de Castellote, se llamará Dos Torres de Mercader.
- Ferreruela,
partido de Montalbán, se llamará Ferreruela de Huerva.
- Frías,
partido de Albarracín, se llamará Frías de Albarracín.
- Jarque,
partido de Montalbán, se llamará Jarque de la Val.
- Linares,
partido de Mora de Rubielos, se llamará Linares de Mora.
- Monforte,
partido de Montalbán, se llamará Monforte de Moyuela.
- Monteagudo,
partido de Teruel, se llamará Monteagudo del Castillo.
- Monterde,
partido de Albarracín, se llamará Monterde de Álbarracín.
- Montoro,
partido de Montalbán, se llamará Montero de Mezquita.
- Navarrete,
partido de Montalbán, se llamará Navarrete del Río.
- Palomar,
partido de Montalbán, se llamará Palomar de Arroyos.
- Peñarroya,
partido de Castellote, se llamará Peñarroya de Tastavius.
- Perales,
partido de Teruel, se llamará Perales del Alfambra.
- Piedrahita,
partido de Montalbán, se llamará Piedrahita y el Colladico.
- La
Portellada ó Portillada, partido de Alcañiz, se llamará La Portellada.
- La
Rambla, partido de Montalbán, se llamará La Rambla de Martín.
- Segura,
partido de Montalbán, se llamará, Segura de los Baños.
- Toril,
partido de Albarracín, se llamará Toril y Masegoso.
- Torremocha,
partido de Albarracín, se llamará Torremocha de Giloca.
- Torres,
partido de Albarracín, se llamará Torres de Albarracín.
- Valverde,
partido de Montalbán, se llamará Valverde y Collados.
- Veguillas,
partido de Albarracín, se llamará Veguillas de la Sierra.
- Villahermosa,
partido de Montalbán, se llamará Villahermosa del Campo.
- Villanueva
del Rebollar, partido de Montalbán, se llamará Villanueva del
Rebollar de la Sierra.
ADDENDA, ADICIONES Y COMPLEMENTOS SOBRE LAS TEMÁTICAS Y MOTIVOS REFERIDOS EN EL ARTÍCULO. (POR JUAN EMILIO PRADES):
BIBLIOGRAFIA, WEBGRAFÍA Y FUENTES DOCUMENTALES:
ARCHIVO FOTO-IMAGEN:
Imágenes cedidas por J. E. Prades Bel.
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